DIVORCIO ANTE NOTARIO
El divorcio notarial permite disolver el vínculo matrimonial mediante escritura pública ante un notario, en vez de tener que atravesar un proceso judicial. En la práctica, esta fórmula, que resulta más fácil , más económica y más rápida que el juicio de divorcio, no puede aplicarse en todos los casos.


El divorcio notarial permite disolver el vínculo matrimonial mediante escritura pública ante un notario, en vez de tener que atravesar un proceso judicial.
En la práctica, esta fórmula, que resulta más fácil , más económica y más rápida que el juicio de divorcio, no puede aplicarse en todos los casos.
REQUISITOS
Para poder realizar el divorcio notarial, la pareja debe cumplir los siguientes requisitos:Debe existir mutuo acuerdo para la disolución del vínculo.
Deben haber transcurrido al menos tres meses desde el matrimonio.
No tienen que tener hijos menores no emancipados o con incapacidades.
Si hay hijos mayores o menores emancipados, deben expresar consentimiento respecto de medidas que los afecten, como la convivencia en el domicilio o resultados económicos del divorcio.
TRAMITACIÓN
Los pasos son los siguientes:
1. Elección del notario
Debe ser competente dentro del domicilio habitual de ambos o alguno de los cónyuges.
2. Designación de un abogado
Es necesario para la redacción del convenio regulador y el asesoramiento durante el proceso.
3. Redacción del convenio
La redacción del convenio regulador de divorcio va asociada con la recopilación de la documentación requerida y la remisión de toda esa documentación a la Notaría.
La documentación a presentar está compuesta por los documentos nacionales de identidad de los cónyuges e hijos que deban presentarse ante el Notario, libro de familia, certificado de matrimonio, documentación de los hijos y certificado de empadronamiento de los cónyuges.
4. Comprobación por parte del notario
El notario tendrá que comprobar que se cumplen todos los requisitos.
5. Establecimiento de una fecha
En la Notaría se establece una fecha para ratificar el convenio y prestar su consentimiento a las disposiciones siguientes.
6. Presentación de los cónyuges en la Notaría para acordar el divorcio
Lo deben hacer personalmente, es decir, que no pueden ser representados. Si hay hijos mayores o emancipados, deben concurrir a la Notaría en el mismo acto para expresar su consentimiento a la separación de bienes, personalmente o por medio de sus representantes.
El abogado también debe estar presente, para firmar la escritura de divorcio junto con los cónyuges. El Notario autoriza la escritura del convenio y remite la documentación al Registro Civil para su inscripción.